Requisitos

Los requisitos de inscripción, admisión y matrícula en el programa están contemplados en el Acuerdo 040 del 28 de julio de 2016 del Consejo Superior Universitario. De acuerdo a lo establecido en la normativa interna de la universidad de Pamplona, el programa contará con un comité de trabajo de grado quien se encarga de velar, legislar, evaluar, supervisar la actividad investigativa del doctorando en el programa de Ciencia y Tecnología de Alimentos.

Perfil del Aspirante

Según lo aprobado por el Ministerio de Educación Nacional  (Resolución 16958 del 22 de agosto de 2016) podrán ser estudiantes del programa los profesionales en:

Ítem

Profesión.

Perfil del aspirante

Ingeniero(a)s: de alimentos, agroindustriales, agropecuarios, agrónomos, industriales, químicos, biotecnológicos.

Nutricionistas Dietistas.

Biólogos, biólogos moleculares,

Químicos, químico farmacéutico, bioquímicos.

Microbiólogo, bacteriólogo.

Veterinario, Zootecnistas.

Requisitos de Inscripción

Según lo establecido en el artículos 13 del Acuerdo 040 del 28 de Julio de 2016 para realizar el proceso de inscripción en el programa se debe presentar los siguientes documentos

Proceso

Documento

Inscripción

Formulario en línea diligenciado.

Foto 3x4 fondo azul.

Fotocopia del título de pregrado o acta de grado.

Certificación de promedio acumulado de pregrado igual o superior a 3.2 (tres punto dos).

Fotocopia de la cédula de ciudadanía o de extranjería o visa de estudiante debidamente legalizada y vigente, ampliada a 150%.

Fotocopia del comprobante de pago de la Inscripción.

Hoja de vida acompañada de los soportes respectivos (Cursos, seminarios, publicaciones, experiencia).

Los demás documentos que exija el programa académico*.

*Requisitos del programa

Inscripción

Certificación refrendada por el departamento de idiomas de la Universidad de Pamplona (Competencias de lecto-escritura del idioma ingles Nivel B1). (Opcional)

En caso de ser extranjero el título profesional debe estar debidamente homologado.

Requisitos de Admisión

ARTÍCULO 14. Admisión de estudiantes nuevos: El Comité Curricular del programa tendrá en cuenta como requisitos para la admisión los siguientes:

Requisito

%

Acreditación de competencias lecto-Escritura en el idioma inglés nivel B1

10

Carta de motivación (se valorará el interés del solicitante por la investigación, y su relación con las líneas de investigación del Programa de Doctorado)

10

Estudio de calificaciones de pregrado

15

Estudio de la curriculum vitae

Las publicaciones, participaciones en congresos y/o reuniones científicas, así como otras actividades realizadas en sus estudios de investigación, serán consideradas un valor añadido para la admisión

10    

35    

Experiencia profesional en el área de la ciencias y la tecnología de los alimentos

5

Títulos en el área de la Ciencia y Tecnología de Alimentos: Pregrado (5%), especialización (5%) y maestría (10%).

20

Entrevista

20

Carta aval por un grupo de investigación que sustenta al programa para el desarrollo de un proyecto de investigación

10

 

ARTÍCULO 16. Admisión de estudiantes por transferencia: Será competencia de cada Comité Curricular de cada programa de posgrado, decidir sobre las solicitudes de transferencias que se presenten para sus respectivos programas, en el estudio de las solicitudes se tendrá en cuenta los siguientes criterios:

Procesos

Criterios

Admisión por transferencia.

Cupos disponibles, determinados por el Comité Curricular de programa de posgrado                                                                                                                        

Antecedentes académicos del candidato.

Motivo del retiro, certificado oficial por la Institución de procedencia

Plan de estudios vigentes al cual se incorpora el candidato.

Constancia del cumplimiento del requisito de lengua extranjera.

Promedio mínimo de calificación de tres dos (3.2) en las calificaciones en las calificaciones en pregrado y en lo realizado hasta el momento en el programa de posgrado de procedencia.

 

ARTÍCULO 17.  Comité Curricular de posgrado está facultado para otorgar o no la homologación y el reconocimiento de cursos y actividades de investigación en el caso de maestrías y doctorado.

Parágrafo: Sólo se estudiarán homologaciones para asignaturas o cursos con nota mínima aprobada de tres punto cinco (3.5).

Para el  estudio de homologación en el programa de Doctorado en Ciencia y Tecnología de alimentos el comité estudiará cada caso en particular y dictaminará sobre el mismo teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

  1. En todos los casos el interesado deberá cumplir las normativas vigentes.

  2. Para aquellos interesados que superen los cinco años de graduados, de haber cursado un programa de magister o doctorado deberá demostrar cualquiera de los siguientes criterios:
    - Publicaciones de carácter científico.
    - Desempeño en el área que pretende desarrollar su tesis doctoral.

  3. No se tendrá en cuenta para homologación de asignaturas los estudios de especialización. 

  4. Los créditos de investigación no son homologables.

PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROPUESTAS DE INVESTIGACIÓN

De acuerdo a lo establecido en la normativa interna de la universidad de Pamplona, el programa contará con un comité de trabajo de grado quien se encarga de velar, legislar, evaluar, supervisar la actividad investigativa del doctorando en el programa de Ciencia y Tecnología de Alimentos.

Reglamento de posgrados (Acuerdo 040 de 2016)

ARTÍCULO 50. La tesis, en un programa de Doctorado, será el desarrollo de un proceso investigativo en un tema específico, y deberá constituir un aporte original y significativo al estado actual de la ciencia, la tecnología o al área del conocimiento correspondiente y su aporte deberá consolidar un grupo de investigación.

ARTÍCULO 51. El estudiante de doctorado entregará antes de finalizar el tercer semestre la propuesta de la tesis doctoral ante el comité Curricular del respectivo programa de posgrado, quien previamente le asignará el director. Dicha propuesta será evaluada y aprobada por el Comité Evaluador. Una vez surtido este proceso el comité curricular recomendará con el aval del director de la tesis su inscripción ante la Vicerrectoría de Investigaciones, en el grupo y línea de investigación elegida.

Parágrafo 1: Si la propuesta de tesis doctoral no es aprobada, el Director del programa informará al estudiante sobre los motivos de la no aprobación. El estudiante podrá replantear la propuesta considerando las observaciones realizadas por el jurado y presentarla por segunda vez, por escrito, y sustentar oralmente la propuesta en un plazo no mayor a tres (3) meses calendario. En caso de que la propuesta sea no aprobada por segunda vez, el estudiante quedará excluido del programa de doctorado.

Parágrafo 2: Los miembros del Comité Curricular de Programa de Posgrado deberán suscribir un acta de confidencialidad según términos de los convenios o contratos o los que defina la Vicerrectoría de Investigaciones de la Universidad de Pamplona.

ARTICULO 52. Aquellas situaciones que correspondan a cambio de tema o de director de tesis deberán ser analizadas y conceptuadas por el Comité Curricular de Programa de Posgrado, quien tomará la decisión pertinente.

Parágrafo 1: Si después de aprobada la propuesta de tesis un estudiante decide interrumpir sus estudios, el director evaluará el avance del trabajo y podrá solicitar al Comité Curricular de Programa de Posgrado la autorización para asignar el mismo tema de investigación a otro estudiante, considerando las restricciones establecidas de Propiedad Intelectual de la Universidad de Pamplona. En tal caso, el estudiante, al regresar al programa, deberá iniciar un trabajo de grado con un nuevo tema y preparar otra propuesta que deberá defender según lo establecido en este reglamento. En el caso del estudiante que interrumpe sus estudios por causa de fuerza mayor debidamente justificada, podrá retomar el tema del trabajo de grado según concepto del director de tesis.

 

Seguimiento a la actividad investigativa

Seguimiento y Evaluación anual de los Estudios de Doctorado.

El Director del programa de doctorado trasladará la evaluación a la dirección de registro y control para que conste en el expediente del doctorando. 

Anualmente, tanto el director de tesis como el doctorando presentaran un informe escrito y sustentado al comité de trabajo de grado, con el fin de realizar el seguimiento y evaluación de la labor de investigación de los doctorandos. La sustentación se realizará al Comité de trabajo de grado o tribunal en que delegue dicho comité. El concepto de dicha evaluación será cualitativa POSITIVA o NEGATIVA.

Requisitos de Grado

DEPÓSITO Y DEFENSA DE LA TESIS DOCTORAL

La documentación que se debe acompañar a la solicitud de la defensa de la tesis doctora será la siguiente:

  • Un ejemplar de la tesis encuadernada de forma que no sea susceptible de manipulación (No se admitirán encuadernaciones en espiral o canutillo).

  • En el caso de tesis afectada por el proceso de protección de datos(como la participación de empresas en el programa, la existencia de convenios de confidencialidad con empresas o la posibilidad de generación de patentes), el ejemplar será el correspondiente a la tesis autorizada por el Comité de Trabajo de Grado que no contendrá la parte protegida. Además, se adjuntará la comunicación de dicho comité.

  • Un CD-ROM o sus equivalentes con un ejemplar digital no protegido de la tesis doctoral (en formato Word o pdf). Dicho CD-ROM o su equivalente deberá presentarse perfectamente identificado con el nombre y apellidos del autor de la tesis.

  • Documento de actividades personalizadas del doctorando o curriculum vitae que recoja las actividades de formación e investigación llevadas a cabo durante el periodo de realización de la tesis doctoral.

  • Matricula activa en el programa de doctorado.

  • Los documentos complementarios (incluidos o no en la tesis) que se establezcan como requisito para optar al título de Doctor en Ciencia y Tecnología de Alimentos.

  • Informe motivado del director o directores de la tesis doctoral exponiendo los resultados de la valoración de dicha tesis y avalando expresamente su presentación  a defensa pública. Este informe debe ser autorizado y firmado por el director del programa de doctorado.

  • Propuesta de tribunal de evaluación de las tesis compuesta de cinco doctores expertos, en la que se ha de concretar la experiencia investigadora de los miembros propuestos mediante publicaciones en el ámbito científico, técnico, humanístico, artístico o equivalente.

El tribunal estará constituido por cinco doctores (presidente, secretario y tres vocales). Por lo menos dos de los jurados deberán ser externos de la Universidad de Pamplona.

El director o los directores no podrán formar parte del tribunal.

Los tiempos a considerar para la evaluación de la tesis doctoral serán los establecidos en el reglamento de posgrados vigente.

Movilidad e Internacionalización del programa

 

La realización de una parte del proyecto de investigación, así como de actividades de formación electiva, podrán cursarse en otras Universidades tanto Nacionales como Internacionales, mediante una movilidad. En este sentido se diferenciarán dos tipos de movilidad:

1. Estancias de investigación en otras Universidades nacionales o internacionales

Estas estancias, de duración muy variada atendiendo a las características de la investigación, suponen que una o varias fases del proyecto de investigación del doctorando se realiza en otra Universidad.

La organización de estas estancias corresponde al director de tesis/tutor previo aval del Comité de Programa, quien valorará y aprobará el número de horas de formación que complete el doctorando. La evaluación se hará sobre la base del informe en el que el doctorando aporte las evidencias de la realización de las actividades, así como del informe del responsable de la universidad o centro de destino.

Cuando la tesis doctoral o parte de ella se realice en Universidades o centros nacionales o extranjeros y sean de larga duración, se precisará la cobertura de esta actividad mediante convenios o contratos que aseguren la actividad y derechos del doctorando en la Universidad o centro de destino. Para están estancias el doctorando deberá contar en la Universidad o centro de destino con un codirector de tesis para lo cual deberán solicitarse y organizarse de acuerdo con el procedimiento interno de la Universidad de Pamplona. En estos casos, el co-director del centro de destino asumirá las mismas responsabilidades que el director-tutor de la Universidad de Pamplona.

2. Estancias breves o puntuales para la realización de actividades de formación temática

La organización de estas estancias corresponde al director /tutor, quien la presentará al comité de programa para su estudio y aprobación. La evaluación se hará sobre la base del informe en el que el doctorando aporte las evidencias de la realización de las actividades, así como del informe del responsable de la Universidad o Centro de destino.

 

La Universidad de Pamplona se reserva el derecho de reglamentar y actualizar lo presentado, bajo el amparo de la autonomía universitaria.