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Oficina de
Almacén e Inventarios

Información de Interés

 

  1. Para el suministro de la papelería se debe diligenciar el formato: “FAI-02, Requerimiento de Papelería y Útiles de Oficina”,  por parte del personal autorizado.

  2. Cuando se presenten cambios de funcionarios que tengan responsabilidad sobre inventarios se debe hacer entrega de los mismos de manera formal en coordinación con el proceso de Almacén e inventarios.

  3. Si existen en la dependencia bienes obsoletos, dañados o que no se requieran para el servicio "se debe adjuntar el concepto técnico del estado del bien dado por persona calificada, en este caso la Oficina de Recursos Físicos y Apoyo Logístico".

  4. Si se desea cambiar los bienes de responsable o de ubicación se debe diligenciar el formato “FAI-06, Traslado y/o Traspaso de Bienes” y reportarlo al proceso de Almacén e Inventarios para realizar el cambio de la información en el sistema y proceder a archivar dicha documentación.

  5. Las personas que tengan, usen, administren o custodien bienes muebles o inmuebles de propiedad de la entidad, son responsables de la perdida, daño o deterioro que sufran los bienes que se les haya asignado para el ejercicio de sus funciones, por causas diferentes al desgaste natural que sufren las cosas y bienes en servicio o inservibles no dados de baja. LEY 734 de 2002.

  6. Se debe solicitar con 5 días de anterioridad al proceso de Almacén e Inventarios la Toma Física de Inventario, para realizar la búsqueda de la información y realizar la planeación de dicha toma física.

 

 

1.    Si existen en la dependencia bienes obsoletos, dañados o que no se requieran para el servicio "se debe adjuntar el concepto técnico del estado del bien dado por persona calificada, en este caso la Oficina de Recursos Físicos y Apoyo Logístico".