Vicerrectoría Administrativa y Financiera

Descuentos Distancia

Conforme a lo establecido en el acuerdo el Acuerdo 099 del 14 de diciembre de 2017, para los estudiantes que deseen aplicar en el periodo  2019-1 a los descuentos  que establece el artículo 53 del reglamento estudiantil (Acuerdo No.186 del 02 de diciembre de 2005) a partir del 15  hasta el día 19 de julio de 2019 se recepcionarán en cada CREAD los documentos.

 

Los estudiantes a quienes les aplicaron descuento en el periodo anterior pueden volver a presentar documentos en la nueva convocatoria, siempre y cuando mantengan un promedio acumulado de 4.2.

 

A continuación se transcribe lo señalado en el reglamento:

 

ARTÍCULO 53.- Descuento por Condiciones Especiales: Los estudiantes provenientes de Resguardos Indígenas, víctimas del conflicto armado y las alumnas madres cabeza de familia, por su condición especial, tendrán un descuento del 25% por ciento del valor de la matrícula que les corresponda.

De igual manera los adultos mayores de 62 años, tendrán un descuento del 50% por ciento del valor de la matrícula que les corresponda si no ostentan ninguna de las causales de perdida a estos beneficios plasmados en el artículo 54 del presente acuerdo.

 

Los derechos complementarios se aplicarán sobre el valor de la matrícula antes del descuento, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:

 

a. Para estudiantes provenientes de resguardos indígenas:

 

1. Presentar constancia como miembro de su comunidad, expedida por autoridad

competente dentro de ella.

2. Haber participado en trabajos en su comunidad.

3. Demostrar capacidad e interés para cursar una carrera universitaria.

4. Certificación expedida por la Autoridad Indígena en la que conste la etnia, comunidad, resguardo (si está constituido legalmente) del cual el aspirante es miembro.

5. Certificado expedido por la Oficina Zonal de Asuntos Indígenas respectiva, previa verificación de su pertenencia a una comunidad legalmente reconocida por la Dirección General de Asuntos Indígenas y estar registrada en el censo.

6. Copia del Acta de la reunión de Asamblea en la cual la comunidad respectiva seleccionó a los bachilleres que presentó como candidatos al programa. Dicha Acta debe contener el lugar y la fecha de la reunión, los nombres de los bachilleres indígenas seleccionados, los nombres, firmas y cargos de los miembros de la comunidad que hayan participado e igualmente las firmas de los estudiantes que asumen compromiso de trabajo comunitario una vez terminada la carrera.

 

El listado de aspirantes presentado por la autoridad indígena debe contener:

 

1. Nombre completo del aspirante, como está inscrito en el documento de identidad a presentar el día del examen de admisión.

2. Número y tipo de documento de identidad, incluido el sitio de expedición y lugar de nacimiento.

3. Etnia, comunidad, resguardo y organización indígena, si hace parte, y departamento a los cuales pertenece el aspirante.

4. Nombre y naturaleza (oficial o privada) del colegio donde terminó los estudios.

5. Situación académica del aspirante (activo en grado 11 o egresado). Si es egresado año de terminación.

6. Número del Código del Colegio u número del código del certificado de puntaje del ICFES.

7. Carrera y sede de la Universidad donde desea cursarla.

8. Sitio donde desea presentar el examen.

9. Dirección de la residencia, número telefónico y dirección electrónica si la tiene.

 

b. Para estudiantes víctimas del conflicto armado en los términos de la ley 1448 de 2011, tendrán que aportar la certificación expedida por el RUV (registro único de victimas) en donde conste que el candidato a estudiante está inscrito en dicho registro y para que puedan acceder a los programas académicos ofrecidos por esta casa de estudios superiores, especialmente mujeres cabeza de familia y adolescentes y población en condición de discapacidad.

 

c. Para estudiantes madres cabeza de familia.- presentarán declaración juramentada de que son madres cabeza de familia y que mediante su trabajo provee al sustento de su descendencia y certificación de la empresa donde laboran.

 

d. Para acreditar su condición de persona mayor de 62 años bastará con la presentación de la cédula de ciudadanía o el documento legal que acredite tal condición para los extranjeros. Para las circunstancias en las cuales se requiera demostrar el nivel del Sisbén, se acreditará mediante certificación expedida por la autoridad competente.

 

PARÁGRAFO: el estudiante solo podrá acceder a un beneficio y solo por una vez; perdido el beneficio no podrá recuperarse.

 

Solo podrá acumularse un beneficio con el descuento electoral.

 

 

El Acuerdo 099 del 14 de diciembre de 2017 establece que por cada CREAD solo se seleccionarán  cinco beneficiarios que apliquen a cualquiera de las categorías de descuento teniendo en cuenta los cinco mejores promedios.  El proceso de selección se hará posterior al cierre académico del periodo actual.

 

No podrán aplicar aquellos estudiantes que ya hayan tenido el descuento y que no  conservaron el promedio que indica la norma (4.2).  Igualmente no aplica para estudiantes nuevos pues el criterio de selección es el promedio obtenido en el semestre.