En el Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación de la Universidad de Pamplona, tendrán prelación para acceder de forma gratuita, los interesados que residan en áreas definidas oficialmente como de estratos 1 y 2, o en la zona rural, siempre que su capacidad económica no les permita acceder a los servicios de éstos centros o contar con la asesoría de un abogado contractual, además si cumplen cualquiera de las siguientes características:
• Ser persona en condición de desplazamiento
• Ser madre comunitaria activa
• Pertenecer al SISBÉN (Nivel 1 y 2)
• Ser discapacitado, siempre y cuando su capacidad económica no le permita acceder a los operadores de la conciliación o a los abogados contractuales, a los cuales se les autoriza una tarifa.
• Ser adulto mayor, siempre y cuando su capacidad económica no le permita acceder a los operadores de la conciliación o a los abogados contractuales, a los cuales se les autoriza una tarifa.
• Pertenecer a minorías étnicas.
REQUISITOS
Las personas que busquen tramitar asuntos dentro de la competencia establecida en la ley, deben traer consigo los siguientes documentos:
1. Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía
2. Fotocopia del SISBÉN
3. Los documentos que desea anexar a la solicitud, como por ejemplo: Fotocopias de contratos, Registros civiles, Historias clínicas, Escrituras públicas y otros similares, relacionados con el tema a consultar.
Señor usuario recuerde que la atención jurídica es totalmente gratuita si cumple con las condiciones requeridas, sin embargo tenga en cuenta lo siguiente:
El usuario de los servicios del Consultorio Jurídico se obliga a:
1. Suministrar información verdadera y conducente con el asunto.
2. Entregar todos aquellos documentos necesarios para el trámite del asunto.
3. Sufragar todos aquellos gastos derivados de expedición de certificados, pólizas y demás trámites judiciales y extrajudiciales necesarios para la gestión del asunto.
4. Asistir cumplidamente a las citaciones del estudiante practicante asignado.
5. Presentarse oportunamente a las diligencias judiciales y/o extrajudiciales a las que sea citado.
6. Actualizar con prontitud, si es necesario la información suministrada al Consultorio Jurídico.
7. Guardar secreto y prudencia fuera del Consultorio Jurídico con la información concerniente al asunto.