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Última actualización: 14/07/2012 02:06 PM

Espacios de Práctica Curricular

ARTÍCULO QUINTO: Cada facultad definirá para los programas académicos espacios de reflexión y práctica curricular relacionados con el componente social y humanístico.

PARÁGRAFO 1: Son espacios de reflexión y práctica curricular obligatorio de este componente. Cátedra Faría. Habilidades Comunicativas, Constitución Política y formación ciudadana. Educación Ambiental, Formación en segunda lengua, Informática básica, Ética. Actividad deportiva, recreativa, y cultural.

PARÁGRAFO 2: Cátedra Faría - Habilidades comunicativas - Educación Ambiental y Ética harán parte del plan de estudio de cada programa. Los demás espacios de reflexión y práctica curricular se ofrecerán extra plan.

PARÁGRAFO 3: Todos los programas académicos deberán incluir mínimo dos espacios de reflexión y práctica curricular electivos del componente social y humanístico elegibles de la oferta de las distintas facultades.