Becas de Excelencia

ARTÍCULO 43. (Acuerdo 186 de 2005)-  Beca de Excelencia Académica:  Los estudiantes regulares de pregrado presencial,  que cursen el creditaje reglamentario de acuerdo al semestre y obtengan en el programa el promedio  crédito más alto, serán eximidos del pago del 100% del valor de su matrícula financiera básica, para el semestre siguiente. Estos estudiantes sólo  pagarán los derechos complementarios vigentes.