Trámites Frecuentes

TRAMITE DE INCAPACIDADES:

 

Traer la incapacidad con los soportes correspondientes al consultorio médico ubicado en Pamplona en el edificio de Bienestar Universitario primer piso de 08:00 a.m. a 12:00 p.m. del día, para la firma de validación del médico adscrito a Bienestar Universitario, si se encuentra en Cúcuta- Villa del Rosario llevarla frente coliseo del campus principal Villa del Rosario en Bienestar universitario Bloque Gramalote de 02:00 p.m. a 06:00 p.m. m del día.

  • Debe ser presentada presencialmente en los (5) días hábiles siguientes al hecho. 
  • La incapacidad debe llevar membrete de la IPS, EPS o médico particular.
  • Debe llevar el diagnóstico, la firma y el sello del médico tratante 
  • El médico del área de Promoción de salud integral y autocuidado adscrito a la Oficina de Bienestar Universitario la valida con firma y sello de la dependencia. 
  • El estudiante debe llevarla ya con esta firma al director del programaLuego de esas dos firmas entregarla a los profesores de las materias al cual no asistió.
  • De lo contrario no será válida para efectos académicos 

 
SEGÚN REGLAMENTO ESTUDIANTIL

Acuerdo No. 186 del 02 de diciembre de 2005: Por el cual compila y actualiza el Reglamento Académico Estudiantil de Pregrado. 


NOTA: Todo documento debe llevar la firma y sello original de la dependencia.


REQUISITOS CALAMIDAD FAMILIAR:

 

Para legalizar la inasistencia a clases por calamidad familiar debe presentar:

  • Carta de solicitud.
  • Acta de defunción.
  • Copia de cédula de fallecido.
  • Copia de cédula de padre o madre según lo requiera por fallecimiento de abuelos. 
  • Copia de cédula de estudiante.
  • En los casos de muerte de un familiar ( 5 días que se contarán a partir del fallecimiento del pariente hasta segundo grado de consanguinidad).  

Primer grado de consanguinidad:  Padres, hijos/as (tanto naturales como adoptivos) 
Segundo grado de consanguinidad: Hermanos/as, abuelos/as, nietos/as.

1.La Dirección de la Oficina de Bienestar Universitario la valida con firma y sello de la dependencia.   
2.Debe ser presentado en los (5) días hábiles siguientes al hecho. 
3.De lo contrario no será válida para efectos académicos.

 
SEGÚN REGLAMENTO ESTUDIANTIL

Acuerdo No.186 del 02 de diciembre de 2005