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Actualizado: 10/12/2024 03:19 PM
 
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Formando líderes para la construcción de un nuevo país en paz

Acciones Constitucionales Programa Jóvenes en Acción

"Bajo el entendido del problema técnico presentado al realizar los reportes correspondientes tanto de matrícula como de permanencia y excelencia del periodo 2020-II al Departamento de Prosperidad Social y ante la recepción de tutelas por parte de los estudiantes del programa administración de empresas pertenecientes al CREAD Cúcuta y Santa Marta, el Juzgado Segundo Administrativo Oral de Cúcuta en su auto admisorio del 22 de julio del 2021 (...) Ordena lo siguiente:

QUINTO: ORDENAR a la UNIVERSIDAD DE PAMPLONA, y el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL- DPS, publicar en sus páginas web oficiales, la información pertinente respecto a la presente acción de tutela (escritos de tutela y auto admisorio); de lo cual deberán remitir certificación de su publicación a más tardar al día siguiente de la notificación del presente auto. Así mismo, por la secretaría del juzgado, realizar todas las actuaciones tendientes a publicar en la página web de la Rama Judicial, la presente acción y sus anexos. Lo anterior, con el fin que los interesados en las mismas se hagan parte, si así lo deciden; para lo cual se les otorga el término de un día, siguiente a su publicación.

En cumplimiento de lo anterior, a continuación, podrán consultar el auto admisorio en mención y los escritos de tutela pertinentes a los accionantes y acumulados según lo provisto por el juez. A partir de lo anterior, podrán vincularse según los términos propuestos por el mismo si así lo consideran pertinente."

Adicionalmente, el Despacho ordenará a la Universidad de Pamplona, y el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social-DPS, publicar en sus páginas web oficiales, la información pertinente respecto a la presente acción de tutela (escrito de tutela y auto admisorio) y remitir el informe de tal actuación, a más tardar al día(01) día siguiente a la notificación de la presente providencia; así mismo, se ordenará por la secretaría del juzgado, realizar todas las actuaciones tendientes a publicar en la página web de la Rama Judicial, la acción de tutela; con el fin de que los interesados en la misma, se hagan parte, si así lo deciden.

"Adicionalmente, el Despacho ordenará a la Universidad de Pamplona, y el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social-DPS, publicar en sus páginas web oficiales, la información pertinente respecto a la presente acción de tutela (escrito de tutela y auto admisorio) y remitir el informe de tal actuación, a más tardar a los dos (02) días siguientes a la notificación de la presente providencia; así mismo, se ordenará por la secretaría del juzgado, realizar todas las actuaciones tendientes a publicar en la página web de la Rama Judicial, la acción de tutela; con el fin de que los interesados en la misma, se hagan parte, si así lo deciden"

"Adicionalmente, el Despacho ordenará a la Universidad de Pamplona, y el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social-DPS, publicar en sus páginas web oficiales, la información pertinente respecto a la presente acción de tutela (escrito de tutela y auto admisorio) y remitir el informe de tal actuación, a más tardar a los dos (02) días siguientes a la notificación dela presente providencia; así mismo, se ordenará por la secretaría del juzgado, realizar todas las actuaciones tendientes a publicar en la página web de la Rama Judicial, la acción de tutela; con el fin de que los interesados en la misma, se hagan parte, si así lo deciden"

"Adicionalmente, el Despacho ordenará a la Universidad de Pamplona, y el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social-DPS, publicar en sus páginas web oficiales, la información pertinente respecto a la presente acción de tutela (escrito de tutela y auto admisorio) y remitir el informe de tal actuación, a más tardar a los dos (02) días siguientes a la notificación dela presente providencia; así mismo, se ordenará por la secretaría del juzgado, realizar todas las actuaciones tendientes a publicar en la página web de la Rama Judicial, la acción de tutela; con el fin de que los interesados en la misma, se hagan parte, si así lo deciden".

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